¿Debes pagar el Impuesto Cedular y no sabes el procedimiento? A través de este artículo conocerás Cómo Pagar el Impuesto Cedular, el cual está dispuesto para los años fiscales que comiencen desde el primero de enero del año 2018.
También encontrarás cómo se determina, las alícuotas para pagar el Impuesto, qué es la AFIP y toda la información nebescaria para proceder a realizar el trámite.
¿Cómo se puede Pagar el Impuesto Cedular?
Cuando no se está inscrito en el impuesto y las Rentas Financiera no son mayores a $200.000 pesos durante el tiempo que se está declarando, una alternativa es este proceso. Para hacer esta gestión se tiene que producir un Volante Electrónico de Pagos (VEP) de la siguiente forma:
- Entrar a la plataforma con la respectiva clave fiscal «Presentación de ddjj y pagos».
- En el espacio que dice «grupo de tipo de pagos», elegir la alternativa Cedulares-rendición o enajenación valores o depósitos a plazo.
- Donde dice «tipo de pago», seleccionar Cedulares-valores o depósitos-pago único.
Durante el proceso se va a solicitar información como: La totalidad de las utilidades o resultado bruto por titular en moneda nacional. Sin deducir gastos ni descuentos especiales (alícuota del 5%), y la totalidad de las utilidades o resultado bruto por titular en moneda nacional con términos de adaptación en moneda extranjera, sin deducción de gastos ni descuentos especiales (alícuota del 15%).
Cabe destacar que, el Volante Electrónico de Pagos (VEP), caduca en veinticuatro (24) horas de su emisión, y puede usarse para un solo pago. Adicionalmente, se debe corregir lo que se ha declarado en el Volante Electrónico de Pagos (VEP), consignar una declaración jurada conforme a los señalado en la Resolución General N° 4.648.
Pagar el Impuesto Cedular: ¿Cómo se Determina?
A través de este portal web, se puede producir la consignación de una consulta vía online a la Administración Federal y de Cómo Pagar el Impuesto Cedular. En el caso de que la consulta trate de más de un asunto, se requiere de gestionar una entrada por cada consulta. A continuación se mencionan los pasos a seguir:
- Primer Paso, la Identificación de Contacto: En esta sección se coloca la información del solicitante, con que se realizará la comunicación para el trámite de la consulta. Se requiere del tipo de:
- El Tipo de Usuario: Ciudadano, Representante Legal, Estudio Contable, Gestor, Extranjero, otros.
- Tipo de Documento: CUIL, CDI, CUIT, DNI.
- Colocar el número (sin guiones), y presionar «Validar».
- Segundo Paso: Se refiere a la Consulta.
- Tercer Paso: Confirmar la información.
Alícuotas para Pagar el Impuesto Cedular
La alícuota para pagar el Impuesto Cedular, se refiere al porcentaje que se establece legalmente para emplear sobre la base tributable para la estipulación de aranceles. Es decir, la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) está determinado actualmente en 13%.
De acuerdo al Código Tributario, la alícuota se define como el monto fijo o porcentual definido por la Ley, el cual debe emplearse sobre la base tributable y así poder establecer el arancel que se debe pagar.
¿Qué es AFIP?
La AFIP o Administración Federal de Ingresos Públicos, es el ente encargado de efectuar la política tributaria, de aduana y de recaudación de los medios correspondientes a la Seguridad Social Nacional. Fue fundada en el año 1997, y está formada por la DGA (Dirección General de Aduanas), la DGI (Dirección General Impositiva) y la DGRSS (Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social).
Organización de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
La autoridad superior de la AFIP es la Administradora Federal de Ingresos Públicos, y su nombramiento está sujeto al Poder Ejecutivo y respaldada por el Congreso. Esta estructura está subdividida en tres (3) Direcciones Generales, que son:
- La DGI (Dirección General Impositiva): Esta Dirección está encargada del empleo, captación, cobranza e inspección de todos los impuestos a nivel nacional. Igualmente, tiene la facultad para determinar penalizaciones a los contribuyentes que no obedecen como debe ser a la Ley.
- DGA (La Dirección General de Aduanas): Se encarga del empleo de las leyes relacionadas a la exportación e importación de mercancías y la supervisión de bienes que entran o salen de la zona aduanera.
- La DGRSS (Dirección General de Recursos de la Seguridad Social): Está encargada del cobro y el control de los medios que financian los servicios de la Seguridad Social. Dicha Dirección, labora en conjunto con el Ministerio de Trabajo de la Nación.
¿De qué se encarga la Administradora Federal de Ingresos Públicos (AFIP)?
Dentro de las funciones y potestades que posee la AFIP, son variadas y extensas como las de empleo, captación y control de los tributos y complementos que estipula la normativa legal de la Nación. Adicional a lo antes mencionado, también cumple con las siguientes funciones:
- Los impuestos gravados por transacciones en todo el territorio nacional y en las áreas marítimas, sobre los que se ejecuta parcial o total facultad tributaria nacional.
- Impuestos gravados producto de la exportación e importación de mercancías, y adicionalmente otras transacciones dirigidas por normativas y leyes aduanales que le fueran asignadas.
- Los medios de la seguridad social referente a:
- Los reglamentos nacionales tanto de pensiones como de jubilaciones, bien sea de empleados independientes o en relación de dependencia.
- Las subvenciones y retribuciones familiares.
- Fondo Nacional por condiciones de algún índole, provenientes del empleo y cumplimiento de la normativa legal.
- La supervisión de la circulación internacional de mercancías de acuerdo a la normativa legal.
- La lista tributaria y evaluación de las mercancías.
- Cada una de las responsabilidades provenientes de sus tareas y para su organización interna.
¿Cuáles son los canales para comunicarse con la AFIP?
El Canal Telefónico, por medio del Centro de Información Telefónica: A través del número 0810-999-2347, de lunes a viernes desde las 8:00 a.m. a las 18:00h
Número Telefónico únicamente para Monotributistas, Trabajadores en Relación de Dependencia, Jubilados y Contribuyentes a Futuro: Comunicarse por medio del 0800-999-2347, en horario de lunes a viernes desde las 8:00 a.m. a las 18:00h.
El Número de Teléfono para tramitar lo siguiente: Certificado de No Retención del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI), únicamente para estados de inoperatividad del sistema con Clave Fiscal, otros Números Telefónicos de Casas Particulares. Llamar al 0800-222-2526 y al 0800-999-3368, de lunes a viernes a partir de las 8:00 a.m. y hasta las 18:00 horas (Denuncias).
Para la Declaración de los Elementos relacionados al Valor: Llamar a los siguiente números telefónicos 4347-2950/3080/2829/3091, en un horario de lunes a viernes desde las 10:00 a.m. hasta las 16:00h.
Número Telefónico para Consultas relativas a la Resolución General AFIP N° 2010/2006 Reclamos y Sugerencias: Comunicarse al 0800-999-2347, en horario de lunes a viernes a partir de las 9:00 a.m. hasta las 17 horas.
Vía Online
Consultas Normativas, Aplicaciones y Sistemas: Mediante este canal se contestan consultas impositivas, previsionales y aduaneras. También, acerca de aplicaciones y sistemas.
Asesoría Impositiva: Esta se encarga de recibir consultas para los especialistas en distintos temas de interés.
El Acceso Directo: Es un servicio semanal, donde llegará vía email las renovaciones del portal web de la Administradora Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En caso de querer este servicio es necesario suscribirse.
Para Reclamos y Sugerencias: Este servicio autoriza consignar reclamos y recomendaciones con asuntos impositivos, previsionales o aduaneros. Si se quiere enviar un reclamo o una recomendación, entrar a este enlace.
Portal Web
Se utiliza para tener una respuesta directa, cuando la asesoría está relacionada únicamente a internet
Los Previsionales: Se puede mandar consultas acerca de la Seguridad Social.
¿Qué es el el Impuesto Cedular?
El Impuesto Cedular, también es conocido como el Impuesto a la Renta Financiera, es un arancel que deben pagar los individuos a partir del día primero de enero de 2018, después de ser incorporado por la reforma impositiva en el mandato de Mauricio Macri. Este se declara cada año en conjunto con el Impuesto a las Ganancias.
Por otra parte, con la Ley de Solidaridad se determinaron excepciones para ciertos instrumentos. Sin embargo, por omisiones en el escrito de la normativa se crearon algunas confusiones. ¿Qué se tiene que pagar y Cómo Pagar Impuesto Cedular?
De tal forma que, para la declaración realizada en agosto el tributo llega a la totalidad de los ingresos del años 2019 procedentes de:
- Los intereses de plazos no variables en pesos con términos de ajuste, en otras palabras, los que son ajustados por Unidad en Valor Adquisitivo (alícuota del 15%).
- También intereses a plazos fijos en dólares, y en cualquier otra moneda extranjera (alícuota del 15%).
- Los intereses y ganancias de bonos, obligaciones negociables (no obtenidas en ofertas públicas).
- Intereses y utilidades de bonos, ON, los títulos públicos, los títulos de deuda de fideicomisos financieros y convenios parecidos en dólares, a menos que se hayan puesto por oferta pública (15%).
- La venta de títulos, bonos, ON (no obtenidas en ofertas públicas), las cuotapartes de FCI en pesos y sin términos de ajuste (5%).
- Venta de títulos, bonos, ON (no obtenidas en ofertas públicas), las cuotapartes de FCI en dólares y en pesos sin términos de ajuste (15%).
- La venta de acciones, cedears y los fideicomisos financieros, en ambas monedas (pesos y dólares 15%).
NOTA: Por los plazos fijos habituales, en pesos sin términos de ajuste, no se tributa el impuesto.
Información Adicional
El oficialismo estimuló por medio del proyecto de la Ley de Solidaridad, la excepción bien sea para los ingresos originarios de la compraventa de títulos públicos, bonos las obligaciones negociables, y cuotaparte de FCI, etc. Así como también, para los intereses de plazos no variables, en pesos sin términos de ajuste.
La normativa se extendió en el tratamiento en Diputados, a través de dos (2) artículos: El Artículo 32 determinó una excepción desde el periodo fiscal 2020, para los ingresos de venta de títulos públicos, responsabilidades negociables y bonos. En el Artículo 33 se fijó una excepción sin fecha para los plazos no variables en pesos sin términos de ajuste.
Siendo un tributo ejecutable cada año, la modificación fue empleada para los ingresos obtenidos en el transcurso del año, por lo tanto, los depósitos retribuidos están exentos de cancelar renta financiera.
El Impuesto Cedular, es una de las diversa maneras de contribuir que hay en el territorio argentino. Por lo tanto, las personas que tengan esa obligación deben cumplir con esa responsabilidad. Por tal motivo, es importante saber Cómo Pagar el Impuesto Cedular.
Aprovecha la información que detallamos para ti y así puedas efectuar el pago del Impuesto Cedular. Esperamos haberte ayudado con este trámite.
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