ᐈ Formulario 572 【Presentarlo, Llenarlo y MÁS】

El Formulario 572 se utiliza para hacer las deducciones fiscales con respecto al Impuesto sobre las Ganancias, en forma de declaración jurada. Se trata de una herramienta muy importante que debes de tener en cuenta si eres un trabajador dependiente. Es decir, debes conocer todo acerca de este documento.

Hoy te estaremos hablando de cómo puedes acceder a él, diligenciarlo correctamente y presentarlo. Asimismo, te explicaremos cuándo es necesario tramitar el formulario, para qué sirve y quién lo emite. ¡Así que quédate con nosotros! Encontrarás en un solo lugar todo lo que necesitas saber del Formulario 572.

Formulario 572

¿Cómo Obtener el Formulario 572 WEB?

Comencemos hablando de los Pasos a Seguir para Obtener el Formulario 572. Primeramente, lo que debes saber es que este se diligencia totalmente en línea. Antes del 2012, todos los empleadores se encargaban de hacer llegar el documento a sus trabajadores. Sin embargo, ahora estos pueden hacerlo cuando les corresponda.

¿Dónde? En el portal web de la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP), específicamente en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG- Trabajador).

¿Cómo Obtener el Formulario 572 WEB?

Eso sí, asegúrate de que tienes buena conexión a internet y ¡sigue los pasos que te indicaremos a continuación!

  • Para empezar, debes ingresar a la página oficial de la AFIP.
  • Una vez allí, haz clic en INGRESAR, en el apartado que indica Acceso con Clave Fiscal. Si no la tienes, entonces debes tramitarla. Puedes conocer más al respecto presionando en la opción de Solicitar Clave.
  • Se te redirigirá a una página de acceso, donde deberás digitar tu CUIL, CUIT y Clave Fiscal para ingresar al sistema.
  • Ya dentro, podrás ver todas habilitaciones en materia de servicios. Selecciona SIRADIG – Trabajador.
  • Si no te aparece en pantalla esta opción, entonces debes dirigirte a Mis Servicios > Administrador de Relaciones. Allí encontrarás el servicio de SIRADIG para que puedas habilitarlo por ti mismo/a. Ten en cuenta que deberás cerrar sesión y luego volver a ingresar al sistema para que te aparezca.
    • También puedes hacerlo en Agregar servicios.
  • Ya en el SIRADIG, selecciona tu nombre y apellido. Luego procede a hacer clic en Crear Borrador. Allí podrás empezar a diligenciar el Formulario 572, algo en lo que te guiaremos en el siguiente apartado.

Como puedes ver, acceder a él es sumamente sencillo. Con la implementación de este sistema, ahora los declarantes pueden presentar sus deducciones desde la comodidad de su hogar, oficina o desde donde se encuentren. ¡Todo al alcance de un clic!

Ten en cuenta que si no tienes la Clave Fiscal, debes obtenerla o no podrás llevar a cabo el proceso. Sin embargo, ¡no te preocupes! Puedes obtenerla en línea o de manera presencial. Para saber más al respecto, puedes ingresar a este enlace de la AFIP.

Ahora que sabes cómo acceder el formulario, pasemos a explicarte cómo debes llenarlo o qué datos incluye.

TEN EN CUENTA

Para habilitar el SIRADIG, necesitas tener Domicilio Fiscal Electrónico constituido. Además, la Clave Fiscal debe tener o ser superior al nivel de seguridad 2. Puedes encontrar un Instructivo de Habilitación para el SIRADIG haciendo clic en el link.

Llenar el Formulario 572

Llenar el Formulario 572

Hablemos de los Datos que Incluye el Formulario 572 y Cómo Diligenciarlo. Esta sección es importantísima. Debes saber cómo llenar el documento correctamente y qué información estarás ofreciendo para evitar contratiempos en la gestión.

Ya dicho esto, veamos con qué te encontrarás.

  • Una vez estés en el Borrador, lo primero que hallarás es un grupo de opciones. La primera corresponde a los Datos Personales. Deberás ingresar tu nombre completo, los datos de domicilio y hacer clic en Finalmente, vuelve al Menú Principal.
  • A continuación, te corresponde ingresar los Datos del Empleador. Deberás seleccionar el Empleador y especificar los datos de la relación laboral que se guarda con él.
    • Si solo tienes un empleo, deberás llenar los campos correspondientes al CUIT, la fecha de inicio de la relación y seleccionar en ¿Es un agente de retención?
    • Si hay más de un empleador, entonces tendrás que cargarlos. Debes empezar por quien sea tu agente de retención (el que te dé mayor sueldo bruto) y luego seguir con el resto. Ten en cuenta que deberás informar de los importes mensuales.
  • Cuando termines la anterior sección, nuevamente haz clic en Guardar. Te aparecerá en resumen de los datos que ingresaste del empleador y la opción de Agregar Empleador. Si tienes más de uno, vuelve a repetir el proceso. Eso sí, ya no seleccionarás el SI para el Agente, y ahora debes agregar el Alta de Importes: aportes e importes.
    • IMPORTANTE: selecciona Alta de Importes para seguir agregando información en este campo.
  • Si solo tienes un empleador, vuelve al Menú Principal.
  • A continuación, entrarás a Carga de Formulario. Allí encontrarás las siguientes opciones, las cuales una vez llenes debes ir dando a Guardar:
    • Ajustes: podrás ajustar por Sociedades de Garantía Recíproca o por Montos Retroactivos.
    • Beneficios. Accede si trabajas o vives en la zona Patagónica, o si eres jubilado, retirado o pensionado. Si cumples los requisitos podrás recibir deducciones personales por más del 22% de las que ya percibías. Para mayor información, revisa la Ley 27.346.
    • Desgravaciones y deducciones. Tendrás que cargar las que correspondan. Informa del monto, fecha y guarda los comprobantes.
    • Cargas de familia. Deberás agregar quienes estén a tu cargo, señalando sus datos básicos y la relación que guardan contigo
    • Importe de las ganancias liquidadas en el transcurso del período fiscal por otros empleadores o entidades.
    • Otras retenciones, pagos a cuentas y percepciones: podrás ingresar el pago a cuenta, impuestos sobre débitos y créditos, retenciones aduaneras.
  • Una vez cargues todos los datos pertinentes a las secciones anteriores, debes hacer click en Vista Previa. Revisa que todos los datos que aparecen sean los correctos y que no falte información.
  • ¡Y eso es todo! Habrás completado el Formulario 572. Ahora solo te queda presentarlo, para la cual: debes hacer click en Enviar al Empleador o en Imprimir.

Igualmente, la AFIP ha dispuesto de un Instructivo para el Formulario 572. Si quieres un mayor acercamiento, puedes verlo.

¿Para Qué Sirve?

¿Para Qué Sirve el Formulario 572?

El Formulario 572 sirve para que el ISSN pueda efectuar las retenciones que le correspondan al declarante. El trabajador dependiente, pensionado, jubilado y/o retirado necesita hacer la declaración jurada de deducciones, para así poder disminuir la base de cálculo del Impuesto sobre las Ganancias.

Como resultado de esto, lo que se busca es percibir menos retenciones en este tributo. Para esto se registran las cargas familiares, los datos del empleador o empleadores, ingresos adicionales, deducciones, retenciones y desgravaciones.

Declarar que existen deducciones es un derecho que tiene cada ciudadano. Eso sí, ten en cuenta que al ser una Declaración Jurada, ningún dato puede ser falsificado u omitido.

IMPORTANTE

No requiere presentación en físico, con el envío electrónico es suficiente

Recuerda mantener los comprobantes correspondientes que permitan respaldar lo que colocas en el Formulario

¿Cuándo se Hace el Trámite?

El Formulario 572 se tiene que presentar en ciertos momentos. Estrictamente se hace de forma anual, para hacer las deducciones del año fiscal gravado. La fecha límite es el 31 de marzo del año vigente, dado que con las deducciones se hará una liquidación con el sueldo correspondiente a abril.

Sin embargo, también hay otros momentos en los que deberás diligenciarlo. Para empezar, lo tienes que llenar cuando inicies una relación laboral. También cuando cambien los datos de domicilio, datos de los empleadores o las cargas familiares.

¿Cuándo se Hace el Trámite?

Hay que hacerlo Mensualmente cuando hay pluriempleo. En estos casos, se deben registrar los ingresos brutos que se perciban de los empleadores mes a mes, sin ser estos agentes retenedores. También cuando el jubilado vuelve a laborar.

Ten en cuenta que puedes ir creando el borrador y llenándolo para cuando te corresponda presentarlo. Este se mantendrá en la página web para que puedas modificarlo cuando desees. Luego ya podrás proceder a enviarlo a tu empleador o a imprimirlo cuando sea el momento.

¿Qué es el Formulario 572?

El Formulario 572 sirve para que el ISSN pueda efectuar las retenciones que le correspondan al declarante. El trabajador dependiente, pensionado, jubilado y/o retirado tiene que efectuar la declaración jurada de deducciones, para así poder disminuir la base de cálculo del Impuesto sobre las Ganancias.

Este puede gozar incluso de mayores beneficios si está dentro de estas tres últimas categorías o si se encuentra ubicado en la zona Patagónica, con un incremento de hasta el 22% sobre las deducciones.

¿Qué es el Formulario 572?

Este formulario se llena en línea, desde el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG- Trabajador), en la página institucional de la Administración General de Ingresos Públicos (AFIP).

Se presenta anualmente, con una fecha límite de hasta el 31 de marzo del año vigente. Sin embargo, existen entradas mensuales y específicas cuando se comienza una relación laboral o cuando hay modificaciones en los datos del empleador, cargas familiares o ingresos percibidos.

No es necesaria la presentación de este documento en físico al ISSN. Enviarlo desde el SIRADIG es suficiente para hacer la declaración jurada.

Hoy te hemos explicado todo lo que necesitabas saber y te hemos facilitado las herramientas para que puedas diligenciar el Formulario 572.

¡Hasta la próxima!

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